El Seguro Migrantes Afirme es un seguro de vida recíproco temporal a un año que brinda protección en caso de ocurrir el fallecimiento de uno de los asegurados a los beneficiarios especificados.
Adicionalmente, a través de este producto de seguro se cubren los servicios de repatriación que sean requeridos como consecuencia de la muerte del migrante asegurado.
Ventajas del seguro para migrantes
Fallecimiento: Afirme Seguros, pagará al beneficiario respectivo, la suma asegurada especificada en la carátula de la póliza para dicho asegurado.
Repatriación de restos: Este beneficio cubre el traslado del cuerpo del migrante, de Estados Unidos, Hawái, Puerto Rico, Canadá y Alaska a la República Mexicana. Ampara lo siguiente:
- Asistencia al familiar responsable en el trámite para la obtención del certificado de defunción extendido por la institución correspondiente (hospital, dependencia del gobierno o médico forense).
- Pago de un certificado de defunción, en caso de muerte accidental, se acompañará el número de averiguación previa o su equivalente, con el sello de la autoridad que haya tomado conocimiento del accidente.
- Tramitación del permiso sanitario con firmas y sellos originales.
- Traducción de documentos al idioma español (certificado de defunción, certificado de embalsamamiento y permiso de inhumación o cremación).
- Obtención de la legalización de documentos y cuando sea necesario de documentos notariados y apostillados.
- Tesis de embalsamamiento.
- Trámites de reservación ante la línea aérea para traslado del cuerpo.
- Empaque del ataúd para cumplir con los requisitos de la aerolínea.
- Trámites ante el consulado correspondiente más cercano al lugar del fallecimiento, para la obtención del permiso consular para la repatriación.
- Transportación vía terrestre o aérea del cuerpo hacia el aeropuerto más cercano del lugar de origen o residencia.
- Transportación del aeropuerto del lugar de fallecimiento, al lugar de origen o de residencia, en la casa o funeraria que designe la familia.
Algunas limitaciones
Este seguro no cubrirá el fallecimiento del asegurado titular a consecuencia de cualquiera de las siguientes enfermedades, siempre que estás sean preexistentes a la celebración del contrato.
- Enfermedades del corazón.
- Cualquier tipo de diabetes.
- Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida).
- Tumores.
- Cáncer.
- Enfermedades pulmonares.